Miércoles 09 de Abril 2025.
La Asociación de Profesionales en Protección de Datos Personales (AGPD) indicaron que “lamentamos que se haya aprobado un reglamento que, en nuestra opinión fundada, contraviene la legislación vigente en materia de protección de datos personales”.
La Asociación de Profesionales en Protección de Datos Personales (AGPD) expresó su preocupación luego de que la Contraloría General de la República hiciera toma de razón del reglamento que busca regular a las empresas de aplicaciones de transportes, y que es conocida popularmente como como “Ley Uber”.
“Lamentamos que se haya aprobado un reglamento que, en nuestra opinión fundada, contraviene la legislación vigente en materia de protección de datos personales”, agregando que “excede la habilitación legal otorgada al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) y amenaza derechos fundamentales consagrados en la Constitución”, publicaron desde la AGPD.
La “Ley Uber” implementa un marco legal que regula plataformas como Uber, Cabify, DiDi y otras, estableciendo requisitos tanto para las empresas como para los conductores.
“Este reglamento genera un precedente normativo preocupante, en particular por el nivel de detalle de los datos exigidos —incluyendo datos de geolocalización, horarios exactos e identificadores de sesión—, los cuales permiten la identificación directa o indirecta de personas”, agregaron desde la asociación.
Previo a su toma de razón, el ministerio de Transportes había retirado el documento en dos ocasiones ante observaciones del ente contralor.
Desde AGPD señalan que “la información exigida en el Reglamento, aún bajo la apariencia de “datos operativos”, cumple con los criterios para ser considerada información personal identificable, según la definición contenida en la Ley N° 21.719 y estándares internacionales como el RGPD”.
Ante esto, es que desde la agrupación realizan un llamado a revisar el reglamento, a la vez que buscan “exigir al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el uso exclusivo de datos anónimos y estadísticos, en línea con los principios de privacidad desde el diseño y por defecto”.
Fuente: www.lanacion.cl