Gendarmería se opuso a amparo que busca dejar a Monsalve con arresto domiciliario.

Miércoles 27 de Noviembre 2024.

Según consigna este martes La Tercera, Gendarmería respondió al tribunal de alzada solicitando que se rechace el recurso, argumentando que no es la vía adecuada para discutir el lugar de reclusión de un imputado, una decisión que corresponde a la autoridad penitenciaria. Indicaron que el subsecretario del Interior está recluido en un establecimiento penitenciario legítimo y bajo custodia legal.

En medio de las críticas por el traslado del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, desde la cárcel de Rancagua al anexo Capitán Yáber para su prisión preventiva, se tramita un recurso de amparo presentado por sus defensores.

Esta acción busca que Monsalve cumpla la medida cautelar en su casa, con resguardo de Gendarmería.

Según consigna este martes La Tercera, Gendarmería respondió al tribunal de alzada solicitando que se rechace el recurso, argumentando que no es la vía adecuada para discutir el lugar de reclusión de un imputado, una decisión que corresponde a la autoridad penitenciaria. Indicaron que Monsalve está recluido en un establecimiento penitenciario legítimo y bajo custodia legal.

El abogado Marcelo Carrasco, en representación de Gendarmería, señaló que “ningún interno tiene el derecho constitucional de elegir su centro de cumplimiento penitenciario. Además, no se ha demostrado ninguna amenaza o riesgo real para Monsalve en su lugar de reclusión actual”.

Carrasco añadió que, si la defensa de Monsalve quiere discutir las condiciones de encierro, debe dirigirse al Juzgado de Garantía competente. Aclaró que el recurso de amparo se responde en el entendimiento de que Monsalve está bajo la vigilancia de la Dirección Regional de Gendarmería.

En resumen, Gendarmería sostiene que la prisión preventiva de Monsalve es conforme a la ley y rechaza el recurso de amparo presentado por su defensa, afirmando que cualquier discusión sobre su reclusión debe ser dirigida al Juzgado de Garantía correspondiente.

Fuente: www.lanacion.cl



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